Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud materna, a una vida libre de violencia de tipo obstétrica en agravio de V1; al interés superior de la niñez y el derecho a la vida de V2, así como al proyecto de vida de V1, QVI1 y VI2, en el Hospital de Gineco Pediatría 3-A del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Ciudad de México.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) detectó irregularidades y violencia obstétrica en la atención médica proporcionada a una mujer en periodo de gestación, cuyo resultado fue el lamentable fallecimiento de su hijo recién nacido en el Hospital de Gineco Pediatría 3-A (HGP), del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por lo que solicitó reparar integralmente el daño, además de otorgarle a ella y a sus familiares atención psicológica y/o tanatológica.

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Asunto:

Los días 1 y 2 de septiembre de 2025, personal del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (MNPT-CNDH) realizó visitas de supervisión al Centro Femenil de Reinserción Social “Santa Martha Acatitla”, enfocadas en conocer las condiciones en que viven las mujeres privadas de la libertad en ese establecimiento.

El trabajo se realizó con base en estándares nacionales e internacionales de derechos humanos y con perspectiva de género para identificar factores de riesgo de tortura y malos tratos. Entre los hallazgos destacan: falta de gratuidad en la comunicación al telefónica con familiares, redes de apoyo y servicios de representación jurídica; revisiones corporales invasivas a personas visitantes; falta de separación de los espacios en los que se encuentran niñas y niños que viven con sus madres y el resto de población.

Asunto:

La revista Perspectiva Global (PG) es una publicación mensual cuyo contenido es planeado a partir de un eje temático basado en las fechas relevantes nacionales e internacionales del mes. Teniendo como objetivo la construcción de una cultura de paz y de derechos humanos manteniendo cercana e informada a la población, brindando las herramientas necesarias que les permitan conocer sus derechos humanos y la forma de ejercerlos.

Titulo:Marzo 2026
Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud materna, al trato digno, a una vida libre de violencia gineco-obstétrica y al interés superior de la niñez y adolescencia, en agravio de V, así como al derecho al proyecto vida y al acceso a la información en materia de salud en agravio de V y QV1, atribuibles al personal médico del Hospital General IMSS-BIENESTAR de Atoyac de Álvarez, Guerrero.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 13/2026 al Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), tras acreditar que una persona adolescente interrumpió su embarazo, perdiendo al concebido en gestación, por esperar varias horas y no recibir atención médica oportuna en el Hospital IMSSS-Bienestar "Dr. Juventino Rodríguez García” de Atoyac, Guerrero, el 30 de octubre de 2024.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal, al trato digno por actos de tortura, a la legalidad, a la seguridad jurídica por la dilación en la puesta a disposición, en agravio de QV, por elementos de la Secretaría de Marina, en Monterrey, Nuevo León.

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Asunto:

En la Recomendación 207VG/2026, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) determinó que la Secretaría de Marina (MARINA) debe reparar integralmente el daño ocasionado y colaborar en la investigación iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR) para deslindar responsabilidades entre el personal que participó en la detención, retención y tortura de una persona, en marzo de 2010, en Monterrey, Nuevo León.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V persona mayor; así como, al derecho a la información en materia de salud y a la verdad en agravio de QVI1, QVI2, VI1, VI2, VI3 y VI4, atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital General de Zona con Unidad de Medicina Familiar no. 8 y del Centro Médico Nacional Siglo XXI, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la Ciudad de México.

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