Sobre las inadecuadas condiciones de gobernabilidad del Centro de Reinserción Social No. 3 en Ciudad Juárez, Chihuahua que derivó en un motín y la pérdida de la vida de personas que se encontraban privadas de la libertad en ese establecimiento penitenciario y de personas servidoras públicas que ahí laboraban
Sobre la reubicación de V1, V2, V3, V4, V5, V6, V7, V8, V9, V10, V11, V12, V13, V14, V15, V16, V17, V18, V19, V20, V21, V22, V23, V24, V25, V26, V27, V28, V29, V30, V31, V32, V33, V34, V35, V36, V37, V38, V39, V40, V41, V42, V43, V44, V45, V46, V47, V48, V49, V50, V51, V52, V53, V54, V55, V56, V57, V58 y V59 al módulo A del Centro Federal de Readaptación Social No. 16, en Coatlán del Rio, Morelos, lo que transgredió los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica, a la integridad personal, a la reinserción social, así como a la igualdad y a la no discriminación
Sobre las inadecuadas condiciones de habitabilidad del Centro Estatal de Reinserción Social Femenil en Cieneguillas, Zacatecas, lo que transgrede el derecho a la reinserción social y a la estancia digna y segura de las mujeres privadas de la libertad y de los niños y/o niñas que ahí se albergan; así como de la violación al derecho a la protección de la salud, a la alimentación, al agua y la seguridad jurídica y legalidad; y de la vulneración al interés superior de la niñez de los hijos y/o hijas que viven con ellas
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV, VI1, VI2, VI3, VI4 y VI5, atribuibles a personal del Hospital de Traumatología y Ortopedia “Dr. Victorio de la Fuente Narváez” del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la Ciudad de México
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y al trato digno en agravio de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1 y VI2 atribuibles a personal del Hospital Regional “Gral. Ignacio Zaragoza”
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y al trato digno, en agravio de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1 y VI2 atribuibles a personal del Hospital Regional “Gral. Ignacio Zaragoza” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en la Ciudad de México.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno, por actos de tortura, en agravio de V, por parte de elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California, por hechos ocurridos en Tijuana, Baja California
Derivada de una inadecuada atención médica, la cual provocó que una paciente tuviera complicaciones y, como consecuencia, se le practicara una histerectomía total, y dado que tales acciones constituyen violaciones a los derechos humanos relativos a la protección de la salud, a la integridad personal, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva, atribuibles a personal de la Unidad de Medicina Familiar número 220 (UMF-220) y del Hospital de Ginecología y Obstetricia número 221 (HGO-221) en Toluca, Estado de México, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 101/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
A partir de una exhaustiva investigación y análisis de información, cuyo resultado mostró una serie de omisiones por parte del personal médico del Hospital General de Zona con Medicina Familiar número 3 (HGZMF-3) en Mazatlán, Sinaloa, en la atención a una mujer de 63 años, así como la falta de equipo e instrumental necesarios para efectuar una cirugía cerebral, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 102/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, al trato digno y a la vida en agravio de V, persona adulta mayor, en la Unidad de Medicina Familiar No. 57 del IMSS; así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI1, QVI2 y QVI3, en el Hospital General de Zona No. 71 y en la Unidad de Medicina Familiar No. 57, ambos del IMSS en Veracruz



