Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió las Recomendaciones 66/2019, 82/2019 y 83/2019 al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por violencia obstétrica en el Hospital General de Zona 14 en Hermosillo, Sonora; negligencia médica y pérdida de la vida de una adolescente en el Hospital General de Zona 24 en la Ciudad de México, y por violencia obstétrica por inadecuada atención médica a una paciente y violación al interés superior de la niñez de su hijo recién nacido, en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar Número 1 en La Paz, Baja California Sur, respectivamente.

Contenido relacionado:
Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la legalidad, a la seguridad jurídica, al acceso a la justicia y al plazo razonable, en agravio de V, atribuibles a la Secretaría de Movilidad del Gobierno de la Ciudad de México, por la inejecución de un laudo firme del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Contenido relacionado:
Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos a la legalidad, seguridad jurídica, al acceso a la justicia y al plazo razonable, atribuibles a la Secretaría de Movilidad del Gobierno de la Ciudad de México, en agravio de V1 y V2, por la inejecución de un laudo firme del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Contenido relacionado:
Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) subraya que la garantía de hacer valer los derechos humanos de cada persona va de la mano de la procuración y administración de justicia, por lo que, ante una labor tan delicada, es necesario fortalecer las instituciones y las leyes para evitar cualquier tipo de abuso y contaminación del sistema por intereses de terceros.

Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 72/2019 al Secretario de Comunicaciones y Transportes (SCT), Javier Jiménez Espriú, en principio, por no garantizar a una persona mayor que en el servicio de transporte aéreo de pasajeros las tarifas preferenciales, descuentos y/o exenciones que se contemplan en el artículo 20 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a pesar de contar con credencial expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) que le acredita como tal, y al Procurador Federal del Consumidor (PROFECO), Ricardo Sheffield Padilla, porque esa dependencia no intervino de manera preventiva y efectiva al no verificar que las aerolíneas comerciales aplicaran los beneficios dispuestos por la ley.

Contenido relacionado:
Asunto:

El Comité Técnico del MNPT en su Sesión Extraordinaria 004, celebrada el 13 de agosto de 2019, en la Sala de Consejo de la CNDH:

  1. Conoció el Presupuesto del MNPT para el Ejercicio Fiscal 2020
  2. Aprobó el Presupuesto del MNPT para el Ejercicio Fiscal 2020