Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno por actos de tortura, así como a la libertad personal, seguridad jurídica y legalidad por retención ilegal en agravio de V, atribuibles a elementos de la entonces Policía Federal, en Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 184VG/2025 por violaciones graves a derechos humanos y actos de tortura cometidas por elementos del 40 Batallón de Infantería de la Secretaría de la Defensa Nacional (DEFENSA), comisionados en Cutzamala de Pinzón, Guerrero.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal, al trato digno por actos de tortura, a la libertad y a la seguridad jurídica en agravio de QV, así como al proyecto de vida en agravio QV y VI, atribuibles a personas servidoras públicas del 40 Batallón de Infantería de la Secretaría de la Defensa Nacional, comisionados en Cutzamala de Pinzón, Guerrero.

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Asunto:

Después de muchas décadas, finalmente estamos poniendo énfasis en acabar con la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes que han lacerado y laceran a la sociedad mexicana, lo cual ha permitido generar avances en esta materia, señaló la presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), maestra Rosario Piedra Ibarra.
 

 

 

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones graves a derechos humanos a la libertad personal, seguridad jurídica por retención ilegal de QV1 y QV2, a la integridad personal, al trato digno por actos de tortura en agravio de QV1, así como al derecho a la familia, al sano desarrollo y al núcleo familiar en agravio de QV1, QV2, VI1, VI2 y VI3, por elementos de la entonces Policía Federal, en Coacalco de Berriozábal, Estado de México.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 182VG/2025 a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), para garantizar una reparación integral a una familia afectada por violaciones graves a sus derechos humanos, ocurridas en Coacalco de Berriozábal, Estado de México, y atribuibles a exintegrantes de la entonces Policía Federal (PF).

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación por Violaciones Graves 183VG/2025 a la Secretaría de la Defensa Nacional (DEFENSA) por tortura física y psicológica a cinco personas, además de violencia sexual contra una de ellas, en la cual en uno de los casos participaron servidores públicos de la (FGR). Por lo cual la DEFENSA y la Fiscalía General de la República (FGR) deberán presentar el programa de profesionalización que actualmente impartan a su personal para prevenir y erradicar la comisión de actos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos por actos de tortura en agravio de QV-1, V-3, QV-4; por actos de tortura y violencia sexual en agravio de QV-5, atribuibles a la Secretaría de la Defensa Nacional; sobre actos de tortura en agravio de QV-2, atribuibles a esa Secretaría y a la Fiscalía General de la República, por hechos ocurridos en los estados de Chihuahua, Tamaulipas, Morelos, Michoacán y San Luis Potosí, respectivamente.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 181VG/2025 a la Fiscalía General de la República (FGR) por actos de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) cometidos hace casi 20 años, con los cuales se vulneraron gravemente los derechos humanos de tres personas, ante lo cual esta dependencia deberá reparar inmediatamente el daño causado y gestionar atención médica y psicológica en su favor.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la libertad e integridad personal y al trato digno por actos de tortura, por parte de personal de la Fiscalía General de la República en agravio de V1 y V2; a la libertad e integridad personal y al trato digno por falta de protección judicial por parte de personal de la Fiscalía General de la República en agravio de V3; al derecho de circulación y residencia por parte de personal de la Fiscalía General de la República, en agravio de V3; así como, al debido proceso y acceso a la justicia, por parte de personal de la Fiscalía General de la República en agravio de V1, V2 y V3.

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